• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JORGE GERMAN RUBIERA ALVAREZ
  • Nº Recurso: 303/2024
  • Fecha: 13/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se resuelve este litigio con aplicación de la doctrina jurisprudencial derivada de reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo que supone rescatar la doctrina tradicional de nuestros tribunales sobre la aplicación del principio de proporcionalidad en los supuestos de simple estancia irregular, de manera tal la expulsión se considera la consecuencia única de la estancia irregular aunque se exige una valoración de las circunstancias concurrentes ya que, a la postre, la expulsión requiere una motivación específica, y distinta o complementaria de la pura permanencia ilegal . El propio Tribunal Supremo analiza en su sentencia de 18 de septiembre de 2023, RC 2251/2021, alguna de la casuística al respecto de los datos negativas o positivos que pudieren justificar o no la expulsión, señalando que deben constar en la resolución que acuerda la expulsión. En el caso que decide considera que existen datos negativos que avalen la expulsión.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO DE MATEO MENENDEZ
  • Nº Recurso: 1005/2022
  • Fecha: 13/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tratamiento de datos personales. Licitud del tratamiento. Adquisición de cartera de créditos, inclusión en fichero ASNEF. Licitud del tratamiento de datos personales, artículo 6 Reglamento (UE) 2016/679. Consentimiento inequívoco, carga de la prueba. Responsabilidad de personas jurídicas, falta del elemento volitivo en sentido estricto, pero no de la capacidad de infringir las normas a las que están sometidas, protección eficaz y capacidad de infracción. Tratamiento de datos posterior a la cesión de los mismos, siendo datos inexactos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA LUACES DIAZ DE NORIEGA
  • Nº Recurso: 125/2023
  • Fecha: 13/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Palencia, del 3 de octubre 2022 que denegó las licencias de armas tipo "D" y "E". Se admite por la Sala que la resolución recurrida está motivada y razona de manera específica la decisión denegatoria de las licencias de armas que en ella se confirma, indicando que el actor presenta una conducta antisocial y contraria a las normas de convivencia establecidas, carente de prudencia e incompatible con la posesión de armas de fuego. Sostiene el recurrente para defender su derecho a obtener las licencias denegadas que sus circunstancias personales han cambiado sustancialmente, que las conductas por las que se deniega las licencias de armas provienen de hechos que datan de los años 2012, 2013, 2016 y 2017, cuando tenía 19 y 20 años de edad, que actualmente tiene 30 años y es una persona madura a la que no le constan antecedentes policiales ni penales. La Sentencia hace una valoración conjunta y global de la conducta del interesado tomando en consideración en particular el hecho de que hay determinados comportamientos del actor que no han sido negados, y es que le constan infracciones administrativas sobre animales peligrosos, con una última denuncia el día 14 de mayo de 2020 por carecer de la licencia para la tenencia de animales peligrosos, lo que implica una continuidad en una actitud no acorde con el respeto de las normas de convivencia social.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 1209/2024
  • Fecha: 12/02/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si la documentación obtenida durante la práctica de un registro llevado a cabo en virtud de una autorización judicial para entrada y registro en el domicilio de un contribuyente que ha sido solicitada en el curso de un procedimiento inspección que abarcaba unos concretos ejercicios fiscales (2016 y 2017) puede, por mor de la doctrina del hallazgo casual, abarcar y dar cobertura a que la documentación obtenida en relación a otros ejercicios fiscales sirva de fundamento para liquidar y en consecuencia sancionar en relación a ese ejercicio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 9547/2024
  • Fecha: 12/02/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si es o no posible extender los efectos de la responsabilidad solidaria del pago de una sanción, en este caso como armador de un barco, a efectos de determinar el reintegro de una subvención concedida a dicho armador, con independencia de su participación en la infracción o la conducta de la empresa respecto de aquel procedimiento sancionador.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: FERNANDO SOCIAS FUSTER
  • Nº Recurso: 373/2022
  • Fecha: 12/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: la sentencia toma en cuenta que las actas extendidas en los procedimientos inspectores que dieron lugar a las deudas que serían objeto de derivación de responsabilidad subsidiaria fueron firmadas en conformidad, con los efectos que establece la norma, esto es, que esos hechos aceptados por los obligados tributarios se presumen ciertos y sólo pueden rectificarse mediante prueba de haber incurrido en error de hecho. En el caso, el declarado responsable subsidiario,teniendo capacidad para ello y siendo de su incumbencia, no observó el comportamiento que le era exigible para no contravenir las normas jurídicas, ocasionando de esta forma un perjuicio a tercero, en este caso la Hacienda Pública. La sentencia también señala que la calificación de fortuito al concurso era independiente de las razones que conducían a declarar la responsabilidad subsidiaria del administrador. En efecto, a la situación concursal se podía llegar por conductas no negligentes o fortuitas que fueran independientes de aquellas por las que se hubiera cometido una infracción tributaria en la que concurriera un incumplimiento del administrador para la comisión de esta infracción. Era posible que a la situación concursal se hubiera llegado fortuitamente y de modo independiente a la posible comisión de infracciones tributarias o de la participación del administrador en las mismas. Del mismo modo que podrían cometerse infracciones tributarias sin por ello incurrirse en situación concursal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 4069/2024
  • Fecha: 12/02/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas exime de culpabilidad o de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales, en la realización de vertidos que incumplan la normativa vigente, desde el punto de vista del Derecho Administrativo sancionador; todo ello teniendo presente lo dispuesto en la STS de 29 de julio de 2021 (recurso de casación n.º 223/2020).
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 4220/2024
  • Fecha: 12/02/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas exime de culpabilidad o de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales, en la realización de vertidos que incumplan la normativa vigente, desde el punto de vista del Derecho Administrativo sancionador; todo ello teniendo presente lo dispuesto en la STS de 29 de julio de 2021 (recurso n.º 223/2020. Precedentes jurisprudenciales: STS de 29 de julio de 2021 (RC 223/2020), STS de 26 de enero de 2022 (RC 341/2020), y STS de 16 de octubre de 2024 (RC 7868/2022).
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA CARMEN FRIGOLA CASTILLON
  • Nº Recurso: 595/2024
  • Fecha: 12/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de apelación interpuesto confirmando el auto dictado en pieza separada de medidas cautelares, y por el que se desestima la medida cautelar de suspensión solicitada al amparo del art. 129 LJCA respecto a la Resolución impugnada por la que se acuerda la extinción del permiso de residencia permanente y su expulsión del territorio español con prohibición de retorno por plazo de ocho así como contra la Resolución de la Delegación de gobierno por la que se denegó la suspensión cautelar de la ejecución del anterior acto impugnado. La Resolución impugnada en el procedimiento principal sustenta la decisión de extinción y correlativa expulsión en el art. 57.2 de la Ley de extranjería, al haber sido el recurrente penalmente condenado como autor de un delito de homicidio a la pena privativa de libertad de ocho años junto con otra condena por un delito contra la seguridad en el tráfico. Se desestima la suspensión en la instancia al no justificarse el periculum in mora que hiciera perder la finalidad del recurso. Se sustenta la apelación en el arraigo con el que cuenta el recurrente quien lleva residiendo en España, un total de 26 años seguidos. Se confirma por la Sala el auto apelado siendo, el elemento decisivo para acordar la suspensión, la existencia de arraigo y sin que la alegación del recurrente,relativa a la residencia en España durante 26 años sea,por sí sola suficiente,para acreditar su existencia sin que justifique perjuicios graves o irreparables.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA CARMEN FRIGOLA CASTILLON
  • Nº Recurso: 6/2023
  • Fecha: 12/02/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se trata de caso de acreditación de forma improcedente de bases imponibles negativas. La sentencia estima el recurso, para lo que señala, en primer lugar, que la norma dispone que constituye infracción tributaria determinar o acreditar improcedentemente partidas positivas o negativas o créditos tributarios a compensar o deducir en la base o en la cuota de declaraciones futuras, propias o de terceros. Se exige, pues, que cuando una empresa declare pérdidas en su ejercicio fiscal que sean susceptibles de poder ser compensadas con beneficios futuros en ejercicios posteriores, sean cantidades exactas y ajustadas; de no hacerlo constituye una infracción grave.Pero vistas las circunstancias concurrentes, y que fue la propia parte quien motu proprio en las declaraciones de los años 2017 y 2018 corrigió el error, la sentencia destaca que, para apreciar el elemento de culpabilidad exigible en toda sanción, la Administración tributaria debió motivar por qué el error material inicial, posteriormente subsanado debía ser sancionado por falta de la diligencia exigible a la entoidad contribuyente en el cumplimiento de su obligación tributaria. Si la Administración sanciona no por haber practicado una deducción improcedente, sino por haber determinado improcedentemente partidas a compensar en la base de declaraciones futuras, no cabe apreciar la culpabilidad por exclusión y considerar automáticamente a sensu contrario que no se ha actuado con el cuidado y atención exigibles.

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